Este es reglamento disciplinario de la nueva temporada de FMS

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Urban Roosters ya ha publicado el nuevo reglamento disciplinario de la nueva temporada de la Freestyle Master Series.

En este puedes despejar cualquier duda que tengas sobre la competición. En este se quiere mostrar transparencia y profesionalidad en las nuevas reglas de la competición, como son las faltas, criterios de votación, descensos, traspasos, ascensos, etc.

Creemos interesante compartirlo para los mayores seguidores de la liga quienes quieran conocer al pie de la letra como funcionará la competición. A continuación te dejamos con este al completo.

Reglamento Disciplinario

Artículo 1. Objeto.

Este reglamento tiene por objeto regular el régimen disciplinario del personal integrante de la Freestyle Master Series, de forma complementaria a las disposiciones firmadas en los respectivos contratos que les vinculan con THE URBAN ROOSTERS TECHNOLOGIES S.L. (en adelante LA COMPAÑÍA).

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

Este reglamento será de aplicación a todas aquellas personas que formen parte integrante del evento de cualquier jornada de FMS, ya sean: organizadores, artistas, jurados, speakers, dj’s, o cualquier otro tipo de relación contractual con la organización del evento, así como a las personas contratadas por cualquiera de éstos.

Artículo 3. Formato de competición y batalla FMS 2024 – 2025

Formato de competición

La competición estará compuesta por 10 participantes. Estos se enfrentarán entre ellos a lo largo de 5 fechas realizando 2 batallas por jornada, siendo un formato de todos contra todos en el que el freestyler más regular terminará siendo el campeón.  

Además, en cada fecha incorporaremos a 1/2 invitados los cuales se enfrentarán a las participantes de la liga regular. 

En caso de ser 1 invitado, realizará dos batallas contra 2 participantes de la liga regular. 

En caso de ser 2 invitados, realizarán una batalla cada uno contra un participante diferente de la liga regular.

Los invitados optan a los premios variables correspondientes a la liga en la que se participe mientras que los participantes de la liga regular, compiten contra estos invitados tanto por sus variables como por los puntos para la clasificación de la liga regular.

Distribución de puntos 

3 puntos por victoria directa

2 puntos por victoria tras réplica

1 punto por derrota tras réplica

0 puntos por derrota directa

Formato de batalla

El formato de batalla para FMS 2024-2025 consta de 4 rondas: 

1.- Random Mode (Estímulos como: imágenes, temáticas, objetos, etc.) 

2.- Minuto ida (60 segundos libres) 

3.- Minuto vuelta (60 segundos libres) 

4.- Deluxe (2 entradas a capela por cada MC + 6 intervenciones con base) 

Artículo 4. Sistema de votación.

El nuevo sistema de votación acogerá el sistema universal de puntuación de 0 a 10, Siendo 0 la peor nota posible y 10 la máxima, Las puntuaciones se realizarán con números enteros (sin decimales o medias)

Se votará de 0 a 10 cada ronda de la batalla, exceptuando la ronda 4 que se puntuará de 0 a 4 los dos patrones acapela (en conjunto), y de  0 a 10 las intervenciones con instrumental, haciendo un total de 44 puntos posibles por batalla y freestyler.

El margen de réplica es 0, solo si la puntuación de los dos competidores es exacta tendrán derecho a réplica. Siendo esta de 120 segundos a 4×4 y de votación totalmente libre por parte del jurado profesional.

Guía general de votación FMS 2024/2025:

Los jueces profesionales deben fijarse en los detalles que demuestran que una improvisación es real y en los matices/criterios que la hagan más (o menos) meritoria, a fin de que gane quien más méritos haga para ello.

No dejarse llevar por el ruido del público y/o el espectáculo generado. El jurado debe tener su propio criterio de votación en base a los méritos demostrados, ya que para eso se les ha asignado esa función.

No verse influenciado por preferencias personales de cada uno o amistades. El criterio de votación debe basarse en el ‘qué’ y no en el ‘quién’.

No discriminar, ni positiva ni negativamente, a nadie por ninguna razón, ya fuera aspecto físico, procedencia/localía, tono de voz, apariencia, edad, sexo, raza, religión, opinión sociopolítica u otra razón.

Las rimas considerables como ‘sangre sucia’, de lesa moralidad, de mal gusto, o que hagan referencia a aspectos personales de la vida del oponente (o de su carrera musical o freestyler) no serán necesariamente penalizadas a no ser que el juez considere que es una rima preparada.

Los jueces deben ser muy exigentes a la hora de dar un 10, para poder tener margen para otorgarlos cuando realmente se merezcan. El 10 es la puntuación máxima, debe guardarse para rondas excepcionalmente buenas o que superen significativamente a otros que hayan sido valorados con un 7 u 8 en esa misma batalla.

De la misma forma, el 0 solamente deberá representar la ausencia total de rima y/o un silencio a la hora de finalizar el patrón reiteradas veces. De esta forma se consigue tener margen tanto ‘por arriba’ como ‘por abajo’ para recompensar/penalizar adecuadamente cada ronda.

Fijarse en el contenido completo de las intervenciones: esto incluye por ejemplo golpes en cualquiera de las barras y construcciones hacia un golpe que demoran más de un patrón. La nota ya NO refleja los bloques de cuatro barras, sino la calidad de la ronda o  del minuto en sí mismo, como unidad.

La ejecución de los patrones como bloque completo es esencial, por lo que no debe perderse de vista la dificultad de lo que cada competidor propone y puede valorarse en comparación, en términos tales como la velocidad, la calidad del contenido, su profundidad argumental, la congruencia con la realidad, la coherencia entre barras y/o el número de palabras rimadas con sentido dentro de cada barra.

Priorización de la valoración de las respuestas a punchlines inmediatos sobre otras respuestas a argumentos lanzados más atrás en el tiempo. La inmediatez de la respuesta debe prevalecer sobre respuestas más retrasadas en el tiempo. Esto incluye la priorización del contexto (el ‘cómo’) por encima del concepto (el ‘qué’) en materia de respuestas. Un concepto puede ser predecible, sin embargo los contextos de los ataques y cómo se producen son factores imposibles de adivinar. Respuestas que hagan referencia utilizando satisfactoria y creativamente el contexto de los ataques del rival (especialmente si se trata de un contexto inusual y/o utilizando como recurso algún suceso impredecible que justo esté ocurriendo en ese momento) deberán recompensarse más, pues demostrarán un mayor nivel de improvisación que aquellas que solamente apelen al concepto. La espontaneidad es clave.

Una forma válida y útil de aplicar el nuevo sistema de votación es hacerlo por comparación: si en una ronda deluxe un freestyler fue superior en una mayor cantidad de intercambios de patrón 4×4, ese debería tener una puntuación superior en esa ronda, dependiendo esta diferencia de que tan marcada fue esa superioridad. Así mismo, si un freestyler tuvo más méritos musicales, técnicos o escénicos que el otro, eso debería atenuar o acentuar (depende sea el caso de quien tenía la ventaja) esa misma diferencia.

Partimos siempre de 5 y según criterios positivos o negativos esa nota va variando hacia arriba o hacia abajo. En ningún caso se partirá con una puntuación por debajo del 5 (Como sí se hacía antes partiendo los patrones de 1 o 1,5).

Artículo 5. Fair Play

Además, con el nuevo sistema de puntuación, los jueces podrán repercutir en la suma total de ptbssi así fuese necesario, siguiendo los siguientes parámetros:

Penalización de grado 1: Se evalúa con la quita de 1 a 2 ptbs (del total de esa ronda) la ejecución por parte de un freestyler de alguno de los siguientes actos que alteren la performance de su rival cuando está rapeando.

-“Pisar” el patrón del rival cuando no es su turno. Es decir arrancar a rapear con micrófono antes de la entrada tapando así a nivel sonoro la finalización del patrón del otro freestyler.

-Hablar y/o gesticular de manera malintencionada cuando no es el turno propio, sea un formato bis a bis o un formato de minuto, siempre que esto implique una distracción y/o falta del respeto para el freestyler que tiene que rapear.

Penalización de grado 2: Se evalúa con la quita de 3 a 4 ptbs (del total de esa ronda) la ejecución por parte de un freestyler de un acto de contacto físico intencional que perjudique y/o distraiga la performance de su contrincante. También se evalúa en la penalización de grado 2 la reiteración de faltas del grado de tipo 1.

Penalización de grado 3: Se evalúa con la descalificación el accionar de un freestyler generando un contacto físico intencional, premeditado y con alevosía hacia su contrincante. También, la reiteración de una falta de grado 2 puede llevar a una penalización de grado 3. Esta descalificación tiene que ser penalizada por la MAYORÍA del jurado, y no necesariamente por unanimidad.

Todas estas penalizaciones serán evaluadas en su grado, y por ende, en su penalización, por los jueces del evento en forma individual y no necesariamente colectiva, exceptuando la descalificación. Esto quiere decir, por ejemplo, que un juez puede decidir una quita de 2 ptbs (del total de esa ronda) a un participante mientras que otro juez puede decidir una quita de solo 1 ptb (del total de esa ronda) o incluso de ninguno si lo considera parte del show.

En el caso de ejecutar una penalización, cada juez comunica al sexto juez o juez de mesa la misma y este se encarga de comunicarlo al Host. Una vez finalizada la ronda, el Host hace público que hubo una penalización por parte de alguno de los jueces (sin aclarar cual y/o cuales) hacia uno de los participantes por una determinada acción. Esto servirá además como advertencia al propio participante para no repetir estos actos y no aumentar la quita de ptbs en su contra.

Artículo 6. Responsabilidad Social.

Somos conscientes de que esta disciplina está todavía asentando sus bases y reglamentos y aunque defendemos la libertad de expresión también entendemos que hay líneas rojas que no se deben exceder. Somos miembros integrantes de la sociedad y sabemos que tenemos una responsabilidad respecto a lo que exportamos al exterior.

Y por eso los jurados de FMS, a su juicio y valor tienen potestad para penalizar, a través del propio método de votación, las rimas o referencias racistas, homófobas o que fomenten el asesinato, el terrorismo, la violación, la pederastia, el genocidio u otros temas sensibles como puede ser fomentar los malos hábitos desde un punto de vista ético y moral.

La FMS es una competición que concibe el freestyle como una disciplina artística, cuyo objetivo es buscar el freestyler más completo. En base a este objetivo, creamos un formato y una serie de normas basadas en la transparencia, que premian la meritocracia, la regularidad y la virtuosidad a lo largo de la temporada. Por ello está expresamente prohibido cualquier actitud, manifestación o dejación de funciones que busque manipular, perjudicar o beneficiar a uno u otros participantes por parte de cualquier miembro de la FMS ya sea participante, jurado, un miembro de la organización o cualquier otra persona que trabaje en la producción del evento.

Los Freestylers tendrán que competir siempre para ganar y los jurados votarán de forma íntegra en base a las reglas estipuladas por el formato. Si existen indicios de que un freestyler o cualquier miembro del equipo tenga una actitud anti disciplinaria como por ejemplo: competir para perder, votar de forma fraudulenta o que un miembro de la producción de FMS transmita información sensible, una comisión de expertos conformada a través del comité de jurados será la encargada de estudiar el caso en profundidad y dar una resolución. En caso de que dicha resolución considere como culpable al o los implicados UR ejecutará una sanción de falta eliminatoria y se reserva el derecho a exigir daños y perjuicios por valor de 50.000 €.

Artículo 7. Principios y garantías del procedimiento disciplinario.

1. El procedimiento disciplinario regulado en este reglamento reconoce al sujeto pasivo los derechos:
a) A la presunción de inocencia.
b) A ser notificado de los hechos imputados, de la infracción que constituyan y de las sanciones que, en su caso, puedan imponerse, así como de la resolución sancionadora.
c) A formular alegaciones.
d) A proponer cuantas pruebas sean adecuadas para la determinación de los hechos.
f) A poder actuar en el procedimiento asistido de letrado o de los representantes sindicales que determine.

2. No podrán aplicarse al sujeto pasivo expedientado preceptos contrarios o más restrictivos que los establecidos en este reglamento, salvo aquellas disposiciones que figuren expresamente en su respectivo contrato con la organización.

3. Siempre respetando lo dispuesto en los artículos 537 y 538 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, deberá guardarse la debida proporcionalidad entre la falta cometida y la sanción impuesta.

4. No podrá exigirse responsabilidad disciplinaria por hechos cometidos con posterioridad a la pérdida de la condición otorgada por el contrato que le vincula con la compañía.

Artículo 8. Concurrencia de responsabilidad con el contrato.

El régimen disciplinario establecido en este reglamento se entiende sin perjuicio de la responsabilidad que pueda emanar de las cláusulas del contrato con la compañía, que se harán efectivas en la forma en que determine por el propio contrato y/o la ley.

Artículo 9. Actuación en caso de faltas.

Además de las penalizaciones en tiempo real con las sanciones descritas en el punto anterior, puede que haya faltas que necesitan ser comprobadas a posteriori o que suceden fuera de la batalla en sí.

Será potestad de la compañía y/o el Comité de jueces profesionales, de buena fe, valorar la certeza de que se ha llevado a cabo alguno de los hechos tipificados en este reglamento, así como a notificar al sancionado la imposición de la sanción prevista, en un plazo de 10 días desde la comisión, y la comunicación de la misma al ARTISTA para que efectúe su pago en un plazo de 15 días desde la recepción del comunicado.

El sancionado tendrá 5 días, desde que reciba la notificación de la imposición de la sanción para presentar alegaciones, pruebas o cualquier otro que estime oportuno para defenderse o justificarse respecto a los hechos. Será potestad de la organización verificar y decidir sobre los hechos.

Artículo 10. Clases de faltas.

Las faltas disciplinarias cometidas por las personas sujetas a este reglamento en el desempeño de sus puestos de trabajo podrán ser muy graves, graves y leves. También siendo posible una falta eliminatoria/antideportiva. El freestyler además tendrá la obligación de ejercer el “Fair Play” cuyas normas y sanciones se detallan en el Artículo 8.

Artículo 11. Sanciones disciplinarias.

Las faltas disciplinarias de acuerdo a su clasificación serán sancionadas de la siguiente forma:

Faltas leves: El equivalente al 50% del caché cobrado por una jornada.

Faltas graves: El equivalente al caché de una jornada.

Faltas muy graves: El equivalente al caché de una jornada, 3 puntos (Si la batalla ha tenido que ser parada es para su rival, para que no se vea perjudicado) y la imposibilidad de participar en la FMS Internacional.

Falta Eliminatoria: Expulsión de la liga y rescisión del contrato. 

En cualquier caso, las sanciones vienen acompañadas de una disculpa pública, en caso de negarse la sanción es aplicada con un grado más de gravedad (una leve pasaría a ser grave y una grave a muy grave).

Sin perjuicio de cualquier otro tipo de sanción que se haya acordado en el contrato de vinculación con la compañía y/o que imponga la ley.

Artículo 12. Faltas leves.

Se consideran faltas leves:

– Agresión verbal leve o cualquier otro tipo de falta de consideración, que sea notoria, ostensible y verificable, cuando no constituya una infracción más grave, a cualquier miembro de la organización, jurados, artistas o acompañantes de los artistas, o demás miembros integrantes del evento, así como a medios acreditados.

– Retrasos imputables al participante conforme a la hoja de ruta sin previo aviso.

– No acudir al evento a través del medio oficial proporcionado por la compañía; salvo que se posea una solicitud aprobada por escrito por parte de la compañía que lo exonera de esta obligación.

– No atender a los medios acreditados sin aviso previo ni causa justificada.

– No estar presente en su puesto de participante en los momentos en que la organización así se lo requiera (en general, batallas en las que no participe), a pesar de haber recibido al menos dos (2) avisos con anterioridad por parte de la organización, sin causa justificada.

– Cualquier otro tipo de desobediencia expresa a las órdenes o instrucciones de un miembro de la organización, sin causa justificada, emitidas por éste en el ejercicio de sus competencias, referidas a funciones o tareas propias del puesto de trabajo del interesado, salvo que sean manifiestamente ilegales, a pesar de haber recibido al menos dos (2) avisos.

– Recriminar en público decisiones a cualquiera de los miembros del jurado.

– Comportamiento inadecuado o indecoroso en los alojamientos reservados para los participantes.

– Fumar en alojamientos no habilitados para hacerlo.

– Subir o dejar acceder a los alojamientos a personas ajenas a la competición, ya sean casas u hoteles habilitados por la organización, sin haberlo comunicado a la producción con antelación a la fecha, para su correcto registro en la nómina de integrantes del Staff FMS.

Artículo 13. Faltas graves.

Se consideran faltas graves:

– Faltar al respeto o cualquier otro tipo de falta de consideración al público de forma notoria e indudable.

– Ausencia, sin previo aviso, en el momento que se le requiera para actuar.

– La comisión de una falta leve cuando hubiese sido anteriormente sancionado por otras dos leves, sin que hubieran sido canceladas o procedido a la cancelación de las sanciones correspondientes.

– Consumo de alcohol u otras sustancias estupefacientes 12 horas antes del evento o durante el transcurso de la propia competición. Así como llegar al recinto con claros signos de embriaguez y/o bajo los efectos de otras drogas.

– Compartir conversaciones privadas entre la compañía y el artista, ya sea de manera física o digital. 

– Amenazas y/o extorsión a cualquier persona del equipo de UR por parte del artista y/o su equipo de trabajo. 

Artículo 14. Faltas muy graves.

Se consideran faltas muy graves:

-Contacto físico inadecuado de cualquier tipo, a alguien del público o de los medios acreditados.

– Agresión verbal grave, o contacto de cualquier tipo, a cualquier miembro de la organización, jurados, artistas, acompañantes de los artistas, o cualquier otro miembro integrante del espectáculo, así como a medios acreditados.

– No asistir a una jornada sin causa justificada a no ser que sea por causa de fuerza mayor. 

– La comisión de una falta grave cuando hubiese sido anteriormente sancionado por otras dos muy graves, sin que hubieran sido canceladas o procedido a la cancelación de las sanciones correspondientes.

Artículo 15. Faltas eliminatorias.

– Agresión física grave (evidente) de cualquier tipo, a alguien del público o de los medios acreditados.

– Agresión física grave de cualquier tipo, a cualquier miembro de la organización, jurados, artistas, acompañantes de los artistas, o cualquier otro miembro integrante del espectáculo, así como a medios acreditados.

– No asistir a dos jornadas sin causa justificada a no ser que sea por causa de fuerza mayor.

– La comisión de una eliminatoria cuando hubiese sido anteriormente sancionado por otras dos muy graves, sin que hubieran sido canceladas o procedido a la cancelación de las sanciones correspondientes.

Artículo 16. Criterios para la determinación de la graduación de las sanciones.

Para la determinación de la sanción, llevada a cabo, siempre de buena fe, por los encargados determinados por la compañia, se tendrá en cuenta:

a) La intencionalidad.
b) El perjuicio causado a la compañía, la organización, o cualquier otro perjudicado.
c) El grado de participación en la comisión de la falta.
d) La reiteración o reincidencia. En ningún caso se computarán a los efectos de
reiteración o reincidencia las sanciones canceladas o que hubieran podido serlo.

Artículo 17. Extinción de la responsabilidad disciplinaria.

La responsabilidad disciplinaria se extingue por el cumplimiento de la sanción, el
fallecimiento del sancionado, el indulto y la amnistía.

Artículo 18. No Presentación de un Freestyler a una de las jornadas.

En todos los casos, suponga o no una sanción disciplinaria, el freestyler no asistente contará con un sustituto que participe por él en dicha jornada. Este año no se realizarán batallas de recuperación en ningún caso.

En el supuesto que alguno de los freestylers integrantes de la FMS decida no asistir a una jornada sin causa justificada, además de recibir la sanción correspondiente prevista por este reglamento, perderá los tres puntos y tanto su rival como él recibirán una media de los ptbs que lleve acumulados hasta entonces y será considerado como falta muy grave.

En el caso de que el freestyler no acuda a la jornada, por causas de fuerza mayor, no imputables al mismo,  pero si producidas por el resultado de sus malas decisiones o actos, es decir, por irresponsabilidad manifiesta por parte del freestyler, ya sea por acción u omisión de comportamientos no deportivos, cívicos y o que carezcan de sentido común, la batalla será realizada por un sustituto elegido por el propio Freestyler, que será responsable de la batalla, sus puntos y sus ptbs. Teniendo derecho a percibir sólo el salario de los variables, en ningún caso el caché del freestyler ausente.

En todos los casos, la organización podrá solicitar un informe realizado por parte de profesionales para auditar la información aportada por el freestyler.  En cuanto a todo lo concerniente a la salud, la organización pondrá a disposición del freestyler un equipo de especialistas médicos para examinar y/o tratar en caso de enfermedad al mismo y serán estos los únicos habilitados para conceder o corroborar una baja médica.

En caso de no acudir a dos (2) jornadas sin causa justificada, el freestyler será expulsado de la liga.

Artículo 19. Retiro de un Freestyler durante su batalla en una de las jornadas de FMS.

Durante la batalla antes de la Réplica

En el caso de que un freestyler, jurado, dj o speaker abandone la batalla será considerada como una falta muy grave. Y en el caso concreto de los freestylers además de la sanción económica correspondiente a la falta muy grave perderá los tres puntos (serán para su rival) y tanto su rival como él recibirán una media de los ptbs que lleve acumulados hasta entonces.

Al concluir la batalla ordinaria y antes de que se realice la Réplica o durante la misma

En el caso de que un freestyler, jurado, dj o speaker abandone la batalla justo antes o durante la réplica será considerada como una falta muy grave. Y en el caso concreto de los freestylers además de la sanción económica correspondiente a la falta muy grave perderá la opción a puntuar y el rival se llevará los dos puntos como si hubiera ganado la réplica.

Artículo 20. Descenso de FMS.

Dos descendidos fijos por liga

Para la temporada 2024-25, los dos freestylers que peor desempeño/menos puntos hayan conseguido a lo largo de toda la temporada serán los dos talentos descendidos de la misma. 

Desde esta temporada, independientemente del puesto del freestyler, UR se reserva el derecho de mantenerlo en la liga. Mantenerse por puntos te otorga la posibilidad de estar, pero no la obligación. Si la compañía lo cree necesario tendrá derecho a prescindir de su puesto para la siguiente temporada. Teniendo en cuenta meritocracia, nota media, repercusión, rentabilidad  y demás factores.

Artículo 21. Sistema de ascenso a FMS.

El ascenso a FMS se realizará mediante dos vías principales: FMS Under y FMS Peak.

FMS Under

Este es un gran torneo clasificatorio anual que ofrecerá a la mayoría de las organizaciones, incluso de los lugares más remotos de cada país, la oportunidad de inscribirse, obtener un cupo y enviar un representante a FMS.

El torneo se desarrollará en dos días:

Día 1: Se realizarán filtros para todos los MCs que no clasificaron directamente a través de los cupos. Este filtro servirá como una última oportunidad, y cualquier persona podrá inscribirse. De este proceso, solo dos MCs avanzarán para competir en la FMS Under.

El mismo día, iniciará la FMS Under donde todos los clasificados se enfrentarán en un filtro en el que los jurados seleccionarán a los mejores 16 para competir el segundo día de competencia.

Día 2: Esta última etapa del torneo iniciará a partir de octavos de final, el torneo se desarrollará hasta definir al ganador, quien obtendrá un ascenso directo a la FMS de su respectivo país.

FMS Peak

Este formato seleccionará a los MCs que estén teniendo su mejor año o temporada, basándose en su desempeño sobresaliente en la escena.

Urban Roosters seleccionará a estos MCs, considerando las recomendaciones de los organizadores de las ligas.

A través de FMS Peak, se asegurará un mínimo de un ascenso, aunque podrían ser más dependiendo del rendimiento y visibilidad de los MCs seleccionados.

Artículo 22. Política de traspasos.

Definición de traspaso 

Para que un traspaso se considere efectivo, este debe realizarse entre participantes de dos ligas activos en las mismas. Nunca será contemplado como traspaso si el freestyler en cuestión reside habitualmente en el país donde es seleccionado para participar como freestyler de FMS.  

Máximos traspasos por liga 

Siempre con la finalidad de mejorar el producto de cara al consumidor de FMS, contemplamos el máximo de 3 traspasos por liga como la cifra límite de los mismos. 

Para que estos traspasos sean equitativos UR siempre intentará que se realicen entre perfiles de un tier semejante.

3 COMENTARIOS

  1. Mucho rollo para intentar vender que son una organización transparente y ecuánime con todos los participantes, cuando todos sabemos que se hace la vista gorda en el 99% de las ocasiones donde se produce algún tipo de incidencia.

    ¿De verdad hay alguien que se crea que van a penalizar a un freestyler por decir rimas homófobas? ¿Qué es lo que se va a considerar una agresión verbal leve? Lo del comité de disciplina ya lo anunciaron el año pasado, y todos recordamos cuando Zasko acudió a él por el claro tongo a favor de Mecha, que privó al primero de ir a la inter: no obtuvo nada, papel mojado, como la no sanción a Papo por la patada a Larrix, por ejemplo. Vamos, que a la hora de actuar les tiemblan las manos, no vaya a ser que el artista se enfade y no puedan contar con él.

    Este año hundieron la meritocracia, eligiendo a dedo a nuevos participantes y expulsando de ligas a gente que se había ganado el puesto, con el pretexto de «rentabilidad», «repercusión mediática» o como quieran llamarlo, un velo para no decir que eligen a amiguetes y a gente que no pida mucho caché. De la liga peruana, por ejemplo, han expulsado a sus actuales campeón y subcampeón, que me digan qué esperan de dicha liga para esta temporada.

    Un saludo para Asier, a seguir llorando de que casi todas las ligas generan pérdidas económicas.

    • Es cuestión de tiempo que cierren la empresa… Chile ya 2 jornadas sin entrada, con infinidad de gastos y unos streams que no llegan a lo suficiente y así casi todas las ligas. Nada, esto volverá como quieren los puristas a los orígenes donde casi nadie rapeaba y por supuesto, no dará dinero.

  2. Lo de FMS Peak suena a que vende humos como el vendedor de riñoneras va a poder colocar a toda su crew únicamente dándoles propaganda,aunque luego en eventos de verdad se demuestre su pésima calidad como se vio con Navas en el torneo de plazas.

    Por lo demás suena a programa electoral político, de esos llenos de buenas intenciones pero que cuando llegua el momento aplican o no a su antojo, lo siento pero tras años de ineficiencia y corrupción no me creo nada de lo que traiga Asier y UR.

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